Son las instalaciones destinadas a calefactar espacios o edificios mediante la utilización de agua caliente producido en calderas, se incluyen también las instalaciones de agua caliente sanitaria por su estrecha similitud.

El Servicio de la Unidad Técnica promoverá la adecuación de las instalaciones a los reglamentos en vigor así como el cumplimiento de las revisiones reglamentarias que afecta a este tipo de instalaciones.

La Unidad Técnica podrá conducir los mantenimientos de todas aquellas instalaciones que le sean asignadas siempre con un contrato de mantenimiento con empresa cualificada por la Delegación de Industria. No obstante actuará de oficio ante situaciones de riesgo para las personas o los equipos aunque no se le haya asignado dicha instalación.

Las actuaciones del servicio no supondrán coste ninguno, pero si se harán cargos de los materiales que se hayan empleado o de la posible intervención de terceros si fuese necesario. De dicho coste se hará cargo el usuario de la instalación, Centro, Departamento, etc.

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